CIDH adopta Resolución sobre Pandemia y Derechos Humanos en las Américas

CIDH adopta Resolución sobre Pandemia y Derechos Humanos en las Américas

 

10 de abril de 2020

Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) adoptó hoy la Resolución No. 01/20 Pandemia y Derechos Humanos en las Américas.. La CIDH decidió elaborar esta Resolución ante la emergencia sanitaria global sin precedentes que enfrentan las Américas y el mundo, ocasionada por la rápida propagación global del virus COVID-19, declarada como pandemia por la Organización Mundial de la Salud (OMS). La Resolución se ha realizado bajo la convicción de que las medidas adoptadas por los Estados en la atención y contención del virus deben tener como centro el pleno respeto de los derechos humanos.

Esta Resolución es una aproximación integral de la Comisión sobre la situación de la pandemia en la que se recogen los estándares del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y se formulan un conjunto de recomendaciones a los Estados de la región para abordar el enfrentamiento al COVID-19 desde el enfoque de derechos humanos. En efecto, la CIDH emite estas recomendaciones como órgano principal y autónomo de la Organización de Estados Americanos (OEA), con el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos y en ejercicio del artículo 106 de la Carta de la OEA, el artículo 41.b de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el artículo 18.b de su Estatuto.

La Resolución es uno de los principales resultados de la Sala de Coordinación y Respuesta Oportuna e Integrada para la pandemia del COVID-19 (SACROI COVID-19), instalada el 27 de marzo del 2020. La misma hace un llamado a los Estados Miembros de la OEA a adoptar inmediata y transversalmente el enfoque centrado en los derechos humanos en toda estrategia, política o medida estatal dirigida a enfrentar la pandemia del COVID-19 y sus consecuencias, incluyendo los planes para la recuperación social y económica que se formulen, los cuales deben estar apegados al respeto irrestricto de los estándares interamericanos e internacionales en materia de derechos humanos, particularmente los DESCA; asegurando el funcionamiento de los Poderes Públicos del Estado. Asimismo, la Resolución señala que las medidas que resulten en restricciones de derechos o garantías, deben ajustarse a los principios «pro persona», de proporcionalidad, temporalidad, y deben procurar el estricto cumplimiento de objetivos de salud pública y protección integral.

Es importante resaltar que un apartado especial de las recomendaciones se refiere a los grupos en especial situación de vulnerabilidad como las personas mayores, las personas privadas de libertad, las mujeres, los pueblos indígenas, las personas en situación de movilidad humana, los niños, niñas y adolescentes, las personas LGBTI, las personas afrodescendientes y las personas con discapacidad. En ese sentido, la Comisión destaca que al momento de emitir medidas de emergencia y contención frente a la pandemia del COVID-19, los Estados de la región deben brindar y aplicar perspectivas interseccionales y prestar especial atención a las necesidades y al impacto diferenciado de dichas medidas en los derechos humanos de los grupos históricamente discriminados o en especial vulnerabilidad.

“Con esta Resolución queremos aportar, desde nuestro mandato, a los esfuerzos que se están realizando desde los gobiernos y la sociedad en la protección de los derechos humanos de todas las personas. Entendemos que el COVID-19 se presenta de manera distinta en cada país y observamos que las respuestas también han sido diferentes. En cualquier caso y por su propia naturaleza, las acciones estatales deben estar centradas en las personas. Toda acción de gobierno debe emprenderse para garantizar y proteger los derechos humanos” señaló el Comisionado Joel Hernández, Presidente de la CIDH.

Por su parte, Paulo Abrão, Secretario Ejecutivo de la CIDH, destacó: “Este documento es una contribución esencial de la CIDH, desde su SACROI COVID-19, donde se pone a disposición de los Estados para seguir cooperando técnicamente en la defensa de los derechos humanos en el hemisferio”.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

 

Fuente:  vea el comunicado original

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